LAS “SUBVENCIONES”DEL CONSEJO

Desde hace una semanas se está comentando que el Consejo de Hermandades y Cofradías iba a estudiar la posibilidad de incluir a las hermandades de vísperas en el reparto de los fondos entregados a las hermandades por la explotación de las sillas de la Carrera Oficial, la mal llamada “subvención”.

No seré yo quien se meta en el huerto de tomar partido por cualquiera de las soluciones posibles a esta propuesta. Sería un buen tema para discutir en un “club de Debate” de los que organizan algunos colegios. Unos tendrían que argumentar en favor de que se incluyan  y el equipo contrario de que no se incluyan. Al final se puntuaría la argumentación de cada equipo y uno se proclamaría vencedor; pero el problema seguiría ahí.

Hay algo, sin embargo que preocupa hace tiempo y que esta noticia ha vuelto a poner sobre la mesa: la excesiva, y a veces decisiva, dependencia que tienen algunas hermandades de estos ingresos.  Hay hermandades, todos las conocemos, que tendrían un serio problema de supervivencia si ese reparto  desapareciera o disminuyera significativamente.

Aclaremos algo sobre el origen de estos ingresos, en el Preámbulo del “Reglamento de Uso y Adjudicación de Sillas y Palcos” elaborado por el Consejo aprobado el 21 d diciembre de 2021, se dice:

«Antes que nada, es necesario hacer constar que la gestión de la explotación de las sillas y palcos es una cesión o concesión administrativa por el titular del derecho, que no es otro que el Excmo. Ayuntamiento de Sevilla. Tal circunstancia implica que la adjudicación de un derecho de uso sobre sillas y palcos a los abonados, no se extienda ad infinitum, pues está sometida a la temporalidad de la concesión

Esta gestión, que inicialmente fue gestionada por “los silleros”, desde el año 2000 es asumida directamente por el Consejo. El resultado de la explotación de esa concesión es el que el Consejo reparte entre las hermandades en función de unos criterios previamente establecidos. Este sistema no es ad infinitum, para siempre,  se mantendrá mientras continúe esa concesión.

Bienvenido sea este modelo que permite actualmente  a las hermandades y al propio Consejo obtener unos ingresos. El problema surgiría si algún día esa concesión temporal se diera por finalizada.

Señor Hermano Mayor o Mayordomo: ¿qué porcentaje representa la ayuda del Consejo sobre el total de los ingresos de la hermandad? Cuánto más alto sea más expuesta está a que si un día, por cualquier motivo, se suspendiera  esa concesión temporal, la hermandad pudiera continuar sus actividades.

Si un fabricante  dependiera de un solo cliente en un porcentaje superior al 60%, por ejemplo, estaría en un serio peligro si ese cliente se le fuera. Por si acaso debería empezar ya a buscar más clientes para no depender de él. Aquí pasa lo mismo: si la ayuda del Consejo supusiera un porcentaje alto, no me atrevo a cuantificarlo, del total de ingresos de una hermandad, ésta debería empezar ya a buscar otros ingresos, por si le fallara esa fuente de ingresos que supone la explotación de las sillas.

A medio plazo no parece probable que se suprima esa concesión, por eso este es el momento de buscar, con tranquilidad,  financiación alternativa. No es alarmismo, es prudencia, y soluciones hay.

Ignacio Valduérles