No; no voy a comentar el Pregón de 1956 de Rodríguez Buzón. Simplemente intento aportar algo de luz al viejo debate sobre si en nuestras hermandades se ofrece un culto excesivo a las imágenes, rozando la idolatría, como piensan algunos, o es nuestra manera de expresar la religiosidad popular.
Ya el Código de Derecho Canónico de 1983, establece que “debe conservarse firmemente el uso de exponer a la veneración de los fieles imágenes sagradas en las iglesias… [aunque poniendo los medios para evitar que] den lugar a una devoción desviada” (c.1188).
Más tarde, en el año 2002, la Iglesia emitió un documento, o Directorio, en el desarrollaba una serie de principios y orientaciones sobre la Piedad Popular, la Liturgia y las Imágenes.
En él se reconoce que “el uso de las imágenes sagradas es una expresión de gran importancia en el ámbito de la piedad popular, que … ayudan a los fieles a colocarse delante de los misterios de la fe cristiana. La veneración por las imágenes sagradas pertenece, de hecho, a la naturaleza de la piedad católica,…, a cuya formación ha contribuido frecuentemente la devoción popular”. En consecuencia, concluye, … “es válido el empleo litúrgico de las imágenes de Cristo, de la Virgen y de los Santos, tradicionalmente afirmado y defendido por la Iglesia, conscientes de que los honores tributados a las imágenes se dirigen a las personas representadas»(cfr. n. 18).
Queda claro,pues, que las imágenes no se veneran por ellas mismas, sino por lo que representan. Por eso «se les debe tributar el honor y la veneración debida, no porque se crea que en ellas hay cierta divinidad o poder que justifique este culto o porque se deba pedir alguna cosa a estas imágenes o poner en ellas la confianza, como hacían antiguamente los paganos, que ponían su esperanza en los ídolos, sino porque el honor que se les tributa se refiere a las personas que representan» (cfr. n. 241).
La veneración de las imágenes, … además de ser un hecho litúrgico significativo, constituyen un elemento relevante de la piedad popular”(cfr. n. 239). Aún en el caso de que algunas imágenes sean objeto de una veneración particular, hasta el punto de convertirse en símbolo de la identidad religiosa y cultural de un pueblo, de una ciudad o de un grupo (cfr. n. 241), la función principal de la imagen sagrada no es procurar el deleite estético, sino introducir en el Misterio… (n. 243).
Resumiendo: bienvenida sea la veneración a las imágenes de Cristo o la Virgen, titulares de nuestras hermandades, que aglutinan la fe y religiosidad popular; pero teniendo en cuenta que esa veneración trasciende a los titulares y se refiere a Cristo y a su Madre.
Muchas personas llevan en su cartera o colocan en lugar preferente de su casa la foto de un ser querido, que a lo mejor ya se fue. Su imagen evoca su presencia y nos lleva hasta ella, sin que por eso nadie confunda la fotografía, la imagen, con la realidad. Siempre hay, además, una foto que nos resulta especialmente querida y entrañable, como especialmente querida y entrañable nos resultan las imágenes de nuestros titulares, que pasaron a formar parte de la memoria sentimental de cada familia.
Glosando el viejo poema también podemos rezar a Nuestra Madre diciéndole: Tu imagen aviva mi fe, a través de ella me es más fácil hablar Contigo, tratar de imaginarte; ¡pero como Tú ninguna!